Etiqueta alimentaria

Nueva normativa europea en el etiquetado de alimentos

El 13 de diciembre de 2014 entró en vigor la normativa que determina cómo será el nuevo etiquetado de los alimentos. Esta normativa, regulada por el reglamento 1169/2011 del Parlamento Europeo, y aprobada hace ya cuatro años, unificará los criterios de rotulación de envases del sector de la alimentación en toda Europa.

Esta disposición se crea con la intención de proporcionar toda la información posible a los consumidores acerca de los productos de la cesta de la compra, de manera que puedan elegir con conocimiento de causa los alimentos que adquieren.

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¿En qué consisten las nuevas normas?

La nueva normativa tiene en cuenta todos los aspectos del etiquetado, desde los datos que deben aparecer, hasta el tamaño de letra. Así, se ha establecido que el tamaño de letra mínimo en envases de más de 80 cm2 sea de 1,2 mm. Si el envase tiene una superficie inferior, el tamaño mínimo es de 0,9 mm. Además, es obligatorio poner toda la información obligatoria en la misma zona del envase, y no desperdigada en varias partes.

También se ha determinado que debe indicarse de manera clara y destacada si el alimento en cuestión tiene entre sus ingredientes alguno de los 14 alérgenos más comunes –gluten, crustáceos, huevo, pescado, cacahuetes, soja, leche, frutos secos, apio, mostaza, sésamo, sulfitos, altramuces y moluscos–. La ley marca, incluso, la forma de destacar el nombre del alérgeno: mediante negrita o cursiva, utilizando un color diferente o una tipografía distinta.

Si en la composición existe algún tipo de grasas, debe señalarse si estas son de origen vegetal, animal o hidrogenadas. En el primer caso, además, se destaca que ya no es válida la indicación genérica “aceite vegetal”, sino que hay que detallar si es aceite de palma, coco, oliva, girasol…

Aunque muchos productos ya lo tienen, será obligatorio para todos indicar en una tabla la información nutricional por 100 g o 100 ml de producto y qué porcentaje de la cantidad diaria recomendada representa cada uno de los elementos de la tabla. En este apartado, además, se prohíbe expresamente el uso de la palabra “sodio”, por considerarse poco clara y debe sustituirse por el término “sal”.

La normativa también ha legislado sobre la obligatoriedad de apuntar la procedencia geográfica de los alimentos. Hasta ahora solo había que hacerlo en la miel, aceite de oliva, frutas, verduras, pescados y carne de vacuno. A partir de la entrada en vigor de esta ley, también la carne de cerdo, aves de corral, oveja y cabra debe indicar en su envase en qué país han sido criados y sacrificados los animales.

En caso de que el producto haya sido descongelado, se debe especificar su fecha de congelación y descongelación. También hay que indicar la fecha de caducidad, en unos casos, y la de consumo preferente, en otros –esto ya se aplicaba en nuestro país, pero a partir de ahora, se unifican criterios en toda la Unión Europea–.

Por último, existen una serie de menciones adicionales obligatorias. Por ejemplo, si el producto contiene edulcorantes, cafeína o fitoesteroles, hay que señalarlo bajo la lista de ingredientes. También debe constar en el etiquetado cuándo un producto ha sido envasado en atmósfera protectora.

 

Introducción progresiva

Todos estos cambios se introducirán de manera progresiva y, aunque algunos ya son obligatorios desde el pasado 13 de diciembre, otros entrarán en vigor en abril de 2015 y la implantación definitiva de esta ley finalizará en diciembre de 2016.

A grandes rasgos, podemos decir que desde diciembre son obligatorias la indicación de alérgenos y la especificación del tipo de aceite vegetal que se ha utilizado en el alimento.

Desde abril de 2015, por otra parte, se deberá indicar la procedencia de la carne de cerdo, cabra, oveja y aves de corral, como ya se venía haciendo con otros muchos productos.

Por último, en diciembre de 2016 todos los alimentos procesados deberán detallar su información nutricional por 100 g o 100 ml en una tabla.

 

Esta legislación supondrá un esfuerzo por adaptarse para todos los fabricantes, pero no olvidemos el objetivo es que el consumidor pueda realizar una compra más consciente y segura. Además, facilitará la exportación de productos a otros países de la Unión Europea, al seguir todos los mismos criterios de etiquetado.

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